1. Dios, el supremo Señor y Rey de todo el mundo, ha
instituido a los magistrados civiles para estar sujetos
a él, gobernando al pueblo para la gloria de Dios
y el bien público; y con este fin les ha armado con
el poder de la espada, para la defensa y aliento de
los que hacen lo bueno, y para el castigo de los malhechores.(a)
(a) Ro. 13:14; 1 P. 2:13,14
2. Es lícito para los
cristianos aceptar y desempeñar el cargo de magistrado
cuando sean llamados para ello; en el desempeño de
su cargo deben mantener especialmente la justicia
y la paz,(b) según las leyes sanas de cada reino y estado;
así con este fin, bajo el Nuevo Testamento, pueden
legalmente ahora hacer la guerra en ocasiones justas
y necesarias.(c)
(b) 2 S. 23:3; Sal. 82:3,4
(c) Lc 3:14
3. Como los gobernantes civiles son puestos por Dios
con los propósitos ya mencionados, los cristianos
están sujetos a ellos en los requisitos legales, y
esto por causa del Señor y de la conciencia y no meramente
para evitar castigo.(d) Debemos ofrecer suplicaciones
y oraciones a favor de los reyes y de los que están
en autoridad, para que bajo su gobierno podamos vivir
quieta y reposadamente en santidad y honestidad.(e)
(d) Ro. 13:57; 3. 1 P.2:17
(e) 1 Ti. 2:1,2